1. Declaración de compromiso en la gestión del acoso sexual y/o por razón de sexo
JUST IMPLANT, S. L. está comprometida a proporcionar un entorno de trabajo seguro y respetuoso para todos sus empleados, razón por la cual manifiesta su tolerancia cero ante la concurrencia de conductas que constituyan acoso sexual o acoso por razón de sexo.
Al adoptar el presente protocolo, JUST IMPLANT, S. L. afirma tajantemente que no tolerará este tipo de violencias en el entorno laboral, por lo que se compromete a regular un procedimiento de actuación para resolver las reclamaciones y denuncias presentadas sobre acoso sexual y/o acoso por razón de sexo que se aplique con las debidas garantías. Cualquier acto de acoso será tratado con la máxima seriedad y se tomarán medidas disciplinarias apropiadas contra los responsables con el fin de erradicarlo.
Asimismo, JUST IMPLANT, S. L. incide en la formación e información necesarias para prevenir cualquiera de las conductas mencionadas a través de la implantación de cuantas medidas sean necesarias y la difusión de buenas prácticas.
2. Definición y ejemplos de acoso sexual
Sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal, el acoso sexual se define como cualquier comportamiento no deseado de naturaleza sexual que pueda causar incomodidad, humillación o intimidación. Esto incluye, pero no se limita, a:
Conductas verbales:
- Comentarios o insinuaciones sexuales inapropiadas
- Proposiciones y flirteos ofensivos
- Difusión de rumores sobre la intimidad sexual de un empleado
Conductas no verbales:
- Exhibición de fotos, de objetos o de escritos sexualmente sugestivos o incluso pornográficos
- Miradas o gestos obscenos
- Mensajes ofensivos con contenido sexual en cualquier soporte, incluido el ciberacoso
Conductas físicas:
- Todo contacto físico deliberado y no deseado
- Acercamiento físico excesivo e innecesario
- Arrinconar a la persona de forma innecesaria
- Asalto y agresión sexual
Chantaje sexual laboral y abuso de autoridad:
- Es una forma de extorsión en la que una persona utiliza información o imágenes de naturaleza sexual para amenazar a otra con hacerlas públicas o compartirlas.
- Consiste en forzar a la víctima a elegir entre someterse a los requerimientos sexuales u optar por verse perjudicada a nivel profesional y, por ende, personal.
3. Derechos y responsabilidades
Por un lado, los empleados tienen derechos fundamentales para protegerse frente al acoso sexual en el trabajo. Estos derechos incluyen:
- Trabajar en un ambiente libre de acoso:
- Todos los empleados tienen el derecho a desarrollar su labor en un entorno seguro, respetuoso y libre de cualquier forma de acoso sexual y/o por razón de sexo.
- Denunciar cualquier incidente de acoso sexual sin temor a represalias:
- Los empleados tienen el derecho a denunciar, tanto internamente como ante las autoridades competentes, cualquier comportamiento de acoso sexual del que sean víctimas o testigos, sin miedo a sufrir represalias.
- Recibir apoyo y asesoramiento en caso de ser víctima de acoso:
- En caso de sufrir acoso sexual, los empleados tienen derecho a recibir el apoyo adecuado por parte de JUST IMPLANT, S. L., que facilitará asesoramiento psicológico, jurídico y, en su caso, médico, para ayudar a la víctima a gestionar la situación. Las víctimas también deben ser informadas de sus derechos, incluidos los mecanismos para denunciar el acoso a través de los canales oficiales o ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Por otro lado, todos los empleados, independientemente de su cargo o nivel dentro de la empresa, tienen la responsabilidad de contribuir a mantener un entorno laboral respetuoso y libre de acoso sexual. Las siguientes responsabilidades son fundamentales para prevenir y combatir este tipo de conductas:
- Comportarse de manera profesional y respetuosa en todo momento:
- Cada empleado es responsable de mantener una conducta profesional y respetuosa en todas sus interacciones laborales. Esto implica evitar cualquier comportamiento que pueda ser considerado ofensivo, inapropiado o que pueda generar un ambiente hostil, humillante o intimidante para sus compañeros. El respeto mutuo y la igualdad de trato son pilares clave para fomentar un entorno de trabajo saludable y seguro, libre de acoso sexual o cualquier otra forma de discriminación.
- Informar sobre cualquier incidente de acoso sexual:
- Los empleados no solo tienen el derecho de denunciar casos de acoso sexual, sino también la responsabilidad de hacerlo. Esto se extiende tanto a las situaciones en las que sean víctimas como a aquellas en las que sean testigos de conductas inapropiadas. El silencio o la inacción ante casos de acoso sexual pueden perpetuar la conducta y poner en riesgo la integridad de los afectados. Informar sobre incidentes de acoso contribuye a que la empresa adopte medidas correctivas inmediatas.
- Cooperar con cualquier investigación sobre acoso sexual:
- Cuando se inicia una investigación interna o externa en relación con una denuncia de acoso sexual, todos los empleados tienen la obligación de colaborar de forma activa y honesta. Esto incluye proporcionar información veraz, participar en entrevistas y aportar cualquier prueba relevante. La cooperación en estas investigaciones es esencial para garantizar que los hechos sean aclarados de manera imparcial y que se tomen las medidas necesarias para sancionar a los responsables y proteger a las víctimas.
4. Cómo denunciar un incidente
La denuncia es fundamental para poder luchar contra el acoso sexual en el trabajo, ya que es el primer paso para visibilizar el problema.
4.1. Mecanismos de denuncia
Los empleados pueden presentar una denuncia escrita a través de la dirección electrónica secretaria.direccion@justimplant.cat y de forma verbal por teléfono al número +34 628 605 939.
Si se desea hacer la denuncia escrita de forma anónima, los empleados pueden utilizar el formulario en líneadisponible a tal efecto.
Todas las denuncias se manejarán de manera confidencial.
4.2. Proceso de investigación
El proceso de investigación para casos de acoso sexual en el ámbito laboral consta de tres fases fundamentales que garantizan la imparcialidad, la confidencialidad y el respeto a los derechos de todas las partes involucradas. Según la normativa vigente y los principios de los protocolos de actuación, se estructura de la siguiente manera:
- Recepción de la denuncia con confirmación de recepción al denunciante:
- Al recibir una denuncia de acoso sexual, JUST IMPLANT, S. L. emitirá inmediatamente una confirmación de recepción al denunciante, asegurándole que el caso será tratado de forma confidencial y sin repercusiones negativas.
- Investigación:
- Un equipo designado llevará a cabo una investigación imparcial y confidencial, y con la mayor celeridad posible para evitar que la situación se prolongue.
- Este equipo puede incluir representantes de la empresa o externos con formación en la materia, y actuará de manera neutral, sin prejuzgar a ninguna de las partes.
- Durante la investigación, se recopilarán pruebas, se realizarán entrevistas a todos los empleados involucrados, y se mantendrá la máxima confidencialidad para proteger a las partes afectadas.
- Resolución:
- Con base en los hallazgos de la investigación, se tomarán las medidas disciplinarias necesarias.
- Una vez concluida la investigación, el equipo designado emitirá un informe con los hallazgos y conclusiones.
- En función de estos resultados, la empresa decidirá las medidas correctivas o disciplinarias a aplicar, que pueden incluir desde advertencias hasta sanciones graves, como el despido del empleado infractor, si fuese necesario.
- Asimismo, la víctima será informada del resultado y de las acciones tomadas, asegurando que la resolución respete sus derechos y que no se produzca una revictimización durante el proceso.
5. Recursos y apoyo
JUST IMPLANT, S. L. pondrá a disposición de las víctimas servicios de asesoramiento y de apoyo psicológico, con el fin de garantizar su bienestar emocional, psicológico y laboral. Este soporte incluye tanto recursos internos de la empresa como acceso a servicios externos especializados, y se estructura de la siguiente manera:
- Asesoramiento y apoyo psicológico interno:
- La empresa pondrá a disposición de las víctimas un equipo de apoyo interno, que está compuesto los profesionales del equipo capacitados en gestión de conflictos.
- Por lo tanto, se brindará un primer nivel de contención y orientación, ofreciendo información sobre los derechos de la víctima y el proceso que se seguirá para gestionar su denuncia. Además, se garantizará la confidencialidad y el respeto en todo momento.
- Servicios de apoyo psicológico y asesoramiento externo:
- Para asegurar un acompañamiento integral, la empresa ofrecerá a las víctimas acceso a servicios externos, como consultas con psicólogos especializados en la atención de víctimas de acoso y violencia en el trabajo, así como asesoramiento legal externo si fuese necesario. Este apoyo externo garantiza que las víctimas reciban una atención objetiva, segura y experta, sin comprometer la independencia del proceso de investigación interno.
- JUST IMPLANT, S. L. se hará cargo de los costos asociados a estos servicios como parte de su compromiso con la protección de la integridad emocional y psicológica de los empleados.
- Facilitación de medidas protectoras adicionales:
- En caso necesario, y con el objetivo de proteger a la víctima mientras se desarrolla el proceso de investigación, JUST IMPLANT, S. L. podrá adoptar medidas preventivas adicionales. Estas medidas pueden incluir cambios temporales de puesto, horarios flexibles, teletrabajo u otras soluciones que garanticen que la persona afectada pueda continuar desempeñando su labor en un ambiente seguro y libre de presiones. Todas estas acciones se tomarán con el consentimiento de la víctima y con la garantía de no causar perjuicio ni revictimización.
- Enlaces de información:
6. Formación y sensibilización:
JUST IMPLANT, S. L. se compromete a implementar un plan continuo de formación y sensibilización para todos sus empleados con el fin de prevenir y erradicar el acoso sexual en el lugar de trabajo. Este plan incluye las siguientes acciones:
- Formación obligatoria y periódica para todos los empleados
- Todos los trabajadores, independientemente de su nivel jerárquico o tipo de contrato, deberán recibir formación obligatoria en materia de prevención de acoso sexual y por razón de sexo. Esta formación cubrirá aspectos clave como la definición de acoso sexual, ejemplos de conductas inapropiadas, los derechos de las víctimas, las responsabilidades de los empleados y los mecanismos de denuncia disponibles dentro de la empresa.
- El contenido será adaptado al nivel de responsabilidad de cada grupo de empleados, garantizando que todas las personas comprendan tanto sus derechos como sus obligaciones.
- Sensibilización en todos los niveles jerárquicos
- JUST IMPLANT, S. L. promoverá campañas de sensibilización que involucren a todo el personal, desde la alta dirección hasta el último nivel operativo. Estas campañas podrán incluir la difusión de materiales informativos, como guías, pósteres y comunicados internos para concienciar a los empleados sobre la importancia de un entorno laboral respetuoso y libre de acoso.
- Evaluaciones periódicas de la efectividad de la política
- Con el objetivo de garantizar que las políticas de prevención del acoso sexual sean efectivas y se mantengan actualizadas, la empresa realizará evaluaciones periódicas de los programas de formación y de las medidas que se implementen.
- Estas evaluaciones incluirán encuestas anónimas entre los empleados para medir su conocimiento sobre el protocolo, la efectividad de las acciones preventivas y su percepción del ambiente laboral en relación con el acoso sexual.
- Además, se revisarán los casos gestionados para identificar áreas de mejora en la política.
- Las evaluaciones se llevarán a cabo anualmente o cada vez que se produzcan cambios significativos en la normativa o en la estructura de la empresa.
- Formación específica para mandos y responsables
- Los mandos intermedios y responsables de equipos recibirán formación adicional especializada sobre cómo detectar, gestionar y prevenir situaciones de acoso sexual. Esto incluye la identificación de conductas inapropiadas en etapas tempranas, la correcta gestión de quejas o denuncias y la aplicación de medidas disciplinarias conforme a la normativa vigente.
- La empresa entiende que estos cargos tienen un papel clave en la creación de un ambiente laboral seguro y deben ser los primeros en fomentar y promover un comportamiento respetuoso entre sus equipos.
7. Preguntas frecuentes (FAQs)
¿Qué se considera acoso sexual y/o por razón de sexo en el ámbito laboral?
- El acoso sexual incluye cualquier conducta de naturaleza sexual no deseada que atente contra la dignidad de la persona, creando un entorno intimidante, hostil o humillante. Implica conductas basadas en el sexo que menoscaban la dignidad, aunque no tengan connotación sexual directa.
¿Qué debo hacer si soy víctima de acoso sexual o por razón de sexo?
- Puedes presentar una denuncia escrita a través de la dirección electrónica secretaria.direccion@justimplant.cat y de forma verbal por teléfono al número +34 628 605 939. También puedes presentar una denuncia escrita de forma anónima a través de formulario en línea disponible a tal efecto.
¿Cómo se garantiza la confidencialidad de la persona que denuncia?
- Únicamente podrá acceder a la información de la denuncia el personal designado para la investigación y resolución del caso.
¿Qué medidas se aplican mientras se investiga un caso de acoso?
- Se pueden tomar medidas cautelares para proteger a la presunta víctima durante el proceso de investigación, evitando que esté en contacto con la persona denunciada y asegurando su seguridad y bienestar en el trabajo.
¿Qué sucede si la denuncia resulta infundada?
- En caso de que la investigación no confirme la existencia de acoso, se clasificará el caso y se tomarán medidas para asegurar que no haya represalias hacia la persona que denunció siempre que actuase de buena fe.
¿Cuáles son las sanciones en caso de acoso comprobado?
- Dependiendo de la gravedad, las sanciones pueden incluir desde advertencias hasta el despido de la persona responsable.
¿Quiénes están cubiertos por el protocolo de acoso en el lugar de trabajo?
- Aplica a todo el personal, incluyendo empleados fijos, temporales y personas en prácticas o con contrato de aprendizaje, en cualquier lugar relacionado con el trabajo, incluso en entornos digitales laborales.
¿Qué recursos existen para formar y sensibilizar al personal sobre el acoso sexual?
- JUST IMPLANT, S. L. proporciona capacitación regular para todos los empleados con el objetivo de sensibilizar sobre conductas inaceptables. Para ello, implementa un plan continuo de formación y sensibilización. Todos los empleados reciben formación obligatoria periódica en prevención de acoso sexual y por razón de sexo. Además, se realizan campañas de sensibilización en todos los niveles jerárquicos para fomentar un ambiente laboral respetuoso y libre de acoso.
8. Contacto y feedback
Para cualquier pregunta o aclaración, contacte con Itziar Arechederra: secretaria.direccion@justimplant.cat - 628605939.
9.Formulario en línea (para consultas anónimas)
Puedes enviarnos una consulta o denuncia de forma anónima usando el formulario en esta página.